La Empresa de Servicios Públicos de Pamplona, EMPOPAMPLONA S.A E.S.P., no está sujeta a la obligación de contar con una Oficina de Control Interno, tal como lo establece la Ley 87 de 1993, debido a su naturaleza jurídica como sociedad de economía mixta. Esta clasificación implica que la entidad no forma parte de la Rama Ejecutiva del orden nacional, la cual es el ámbito de aplicación de dicha ley. Por lo tanto, EMPOPAMPLONA S.A E.S.P. no está obligada a designar un jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno ni a cumplir con las disposiciones específicas relacionadas con el reporte de posibles actos de corrupción e irregularidades a los organismos de control. (Artículos 8 y 9 de la Ley 1474 de 2011).