Manual de Contratación
El régimen aplicable es el contenido en las normas del derecho privado, de conformidad con lo establecido en el Título II, Capítulo 1 de la Ley 142 de 1994 en concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley 689 de 2001, la Ley 143 de 1994; así mismo, las establecidas en el Manual de contratacion de la entidad, en las disposiciones que en materia de contratación expida la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, o las normas especiales que, según el caso, los regulen expresamente; y en los aspectos no contemplados en el Manual de contratación se seguirán las disposiciones del Código Civil, del Código de Comercio o las normas que le fueren aplicables. Entendiendo, que el manual de contratación de la empresa deberá ser interpretado de manera integral y sistemática, en concordancia con las normas del derecho privado.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, los contratos se regirán por la Ley 80 de 1993 en cuanto se refiere a inhabilidades e incompatibilidades, garantías y a la aplicación de las cláusulas excepcionales al derecho común, cuando las autoridades competentes hayan ordenado o autorizado su inclusión. Igualmente, se regirán por las normas especiales que en relación con cada servicio expidan los órganos competentes, y por las disposiciones del Estatuto Anticorrupción y del Código Disciplinario Único, que les sean aplicables de acuerdo con la naturaleza jurídica de la Empresa.
Conforme al principio de Publicidad La Empresa de Servicios Públicos de Pamplona EMPOPAMPLONA S.A. E.SP., pone a disposición de la comunidad en general el manual de contratación vigente.